lunes, 26 de octubre de 2015

LOS LOGROS DEL HISTÓRICO VOTO EN EL EXTRANJERO


Por: Sergio Salazar Aliaga

El voto como idea y como mito, el voto como utopía y como fetiche. El voto como fin último, como bandera ante el dolor, la frustración y la espera interminable. Para quienes nada tienen todo será ganancia. El paraíso está a la vuelta de la esquina y nada ni nadie podrán impedir que quienes lo quieran lo obtengan.

Esa es la perspectiva o la idea del voto, pero atrás nos encontramos con toda una institucionalidad que hace posible esos votos, con un trabajo arduoso, duro, con crisis internas pero superables, es ahí que entendí la necesidad de generar más espacios democráticos, en este caso y exclusivamente que nuestros compatriotas que viven en el extranjero tenían que ejercer su derecho al voto.

Desde que Bolivia volvió a la vida democrática pasamos por 25 procesos electorales hasta ese 2009, es sin duda alguna un recorrido institucional muy significativo, la cual para poder consolidar esa institucionalidad también tuvimos que pasar por un hecho histórico la cual es cuando la Corte Nacional Electoral y las nueve Cortes departamentales Electorales en su ciclo de vida institucional se cierran por mandato constitucional y de la ley, por otro lado se fortalece un nuevo ciclo institucional electoral con la constitución de las Salas Plenas del Tribunal Supremos Electoral y los nueve Tribunales Electorales Departamentales.

Es por eso que en esa transición iniciada el 2009 con la promulgación de la Constitución Política del Estado, se tuvo que modificar a las instituciones del Estado, por ejemplo se  promulgo la Ley Nº4021 de Régimen Electoral Transitorio el 14 de abril del mismo año, definiendo un nuevo y último conjunto de mandatos y responsabilidades electorales antes de la transformación definitiva como Órgano Electoral Plurinacional. En esa misma ley establece el marco normativo para la organización, desarrollo, control y vigilancia: En el inciso b) Empadronamiento y voto de residentes bolivianos en el extranjero. La legislación permitió que los residentes bolivianos en el extranjero puedan ejercitar su derecho en la elección de Presidente y Vicepresidente y en Referendos de carácter nacional”. También fijo las tareas relevantes para el organismo electoral: a) La conformación de un nuevo padrón electoral, mediante la inscripción y registro de todos los ciudadanos bolivianos habilitados para sufragar…”.

Es ahí que los esfuerzos para el cumplimiento de dicha disposición fueron la formulación de un sistema de registro biométrico compuesto por fotografía digital, firma digital, huellas dactilares, además de los datos referidos a la identidad de la persona, con la cual la inscripción de cualquier ciudadano solo necesitaba presentar su Cédula de identidad, Registro Único Nacional o Libreta de servicio Militar, para el extranjero se añadía el pasaporte. 

El  Decreto Supremo Nª 198 de 8 de julio de 2009 hacía realidad la importación de equipos informáticos bajo la modalidad de unidad funcional, la cual exonero en el pago de tributos aduaneros, también se autorizó a la Aduana Nacional aceptar el despacho inmediato, previo al cumplimiento de las obligaciones tributarias, del equipamiento informático adquirido por la Corte Nacional electoral de la empresa proveedora NEC Argentina S.A.

Los procesos de empadronamiento de más de cinco  millones de ciudadanas y ciudadanos en el país y de residentes bolivianos en la Argentina (Buenos Aires, Mendoza y Jujuy), Brasil (Sao paulo), Estados Unidos (Nueva York y Washington) y España (Madrid, Barcelona y Valencia) realizados entre el 1º de agosto y 15 de octubre de 2009; la conformación final del Padrón Electoral Biométrico hasta el 6 de noviembre de 2009.

Para el registro y empadronamiento y para las elecciones de diciembre de 2009 de residentes bolivianos en el exterior, se adoptó en el mes de julio de 2009 una organización sencilla y eficiente, al mando de una vocalía de la Corte Nacional electoral y el apoyo de un gerente y 4 coordinadores de país, con sede en la corte nacional, 9 representantes y 9 responsables de educación ciudadana e información. El personal de apoyo al empadronamiento, 18 inspectores y 150 notarios-operadores y el personal de apoyo a las elecciones, 99 notarios, 43 inspectores, fue seleccionado y contratado directamente por las representaciones de la Corte Nacional electoral en cada una de las ciudades; todos ellos residentes bolivianos en el exterior.

La utilización de la infraestructura del Servicio Exterior por parte del organismo electoral, establecida en la Ley, se cumplió parcialmente. Algunas misiones diplomáticas, como la de Washington, acogieron temporalmente las oficinas de la Representación de la Corte Nacional electoral; otras, como la Embajada de Bolivia en Argentina, no permitieron ese uso.

El ministerio de Relaciones Exteriores apoyo con la recepción y la desaduanización de los equipos de registro biométrico a través de personeros autorizados de sus embajadas o consulados en las ciudades de buenos Aires (Argentina), Sao Paulo (Brasil), Madrid (España), y Miami (Estados Unidos).
Algunas oficinas del Servicio Exterior boliviano colaboraron con la recepción y, en su caso, con la desaduanización del material electoral para la votación del 6 de diciembre. Finalmente, como establece la ley, las embajadas y consulados certificaron como valija diplomática los paquetes que contenían las actas de escrutinio y cómputo para su envió a la sede de la Corte Nacional electoral en La Paz, después de la votación del 6 de diciembre.

El registró en el exterior

El cálculo del número de registros a efectuar en Argentina, Brasil, Estados unidos y España, tomó en cuenta el artículo 47 de la ley Nº 4021 que establece: “El Padrón Nacional Electoral es único contiene el registro de las ciudadanas y ciudadanos en una sola base de datos informatizada, que integrará y discriminará adecuadamente la información correspondiente a las y los residentes del país y de afuera de él.

Como consecuencia de los requerimientos técnicos del registro biométrico, a efectos de la primera experiencia de voto en el extranjero, la Corte Nacional electoral empadronará hasta un máximo del seis por ciento del Padrón Electoral Nacional. En ningún caso un solo país podrá concentrar más del 50% del registro”.

Se tomó en cuenta el total de las personas que integraban el Padrón Electoral del último proceso electoral realizado antes del proceso de empadronamiento, es decir del referendo Aprobatorio de la Constitución Política del Estado elaborado el 25 de enero de 2009, un total de 211.093 personas – registro que representa el seis por ciento y 105.546 el 50% de esta cantidad (50% menos una persona).



Ciudad/País
Número máximo de residentes bolivianos que deben empadronarse
Buenos Aires
94.238
Jujuy
5.654
Mendoza
5.654
Total Argentina
105.546
Sao Paulo
23.028
Total Brasil
23.028
Virginia - Maryland
36.461
New York
7.676
Total Estados Unidos
44.137
Madrid
15.352
Barcelona
15.352
Valencia
7.676
Total España
38.380
Total General
211.093


La organización de los recintos electorales en las nueve ciudades del exterior en las que realizaron las elecciones generales para votar por Presidente y vicepresidentes del Estado Plurinacional de Bolivia, fue un extraordinario desafío para el organismo electoral, que fue resaltado por la prensa internacional y los organismos electorales de los países en los que se realizó la votación.

Fue un hecho histórico para el Estado Plurinacional de Bolivia y para todo su historia en general