El
voto como idea y como mito, el voto como utopía y como fetiche. El voto como
fin último, como bandera ante el dolor, la frustración y la espera
interminable. Para quienes nada tienen todo será ganancia. El paraíso está a la
vuelta de la esquina y nada ni nadie podrán impedir que quienes lo quieran lo
obtengan.
Esa
es la perspectiva o la idea del voto, pero atrás nos encontramos con toda una
institucionalidad que hace posible esos votos, con un trabajo arduoso, duro,
con crisis internas pero superables, es ahí que entendí la necesidad de generar
más espacios democráticos, en este caso y exclusivamente que nuestros
compatriotas que viven en el extranjero tenían que ejercer su derecho al voto.
Desde
que Bolivia volvió a la vida democrática pasamos por 25 procesos electorales
hasta ese 2009, es sin duda alguna un recorrido institucional muy
significativo, la cual para poder consolidar esa institucionalidad también
tuvimos que pasar por un hecho histórico la cual es cuando la Corte Nacional
Electoral y las nueve Cortes departamentales Electorales en su ciclo de vida
institucional se cierran por mandato constitucional y de la ley, por otro lado
se fortalece un nuevo ciclo institucional electoral con la constitución de las
Salas Plenas del Tribunal Supremos Electoral y los nueve Tribunales Electorales
Departamentales.
Es
por eso que en esa transición iniciada el 2009 con la promulgación de la Constitución
Política del Estado, se tuvo que modificar a las instituciones del Estado, por
ejemplo se promulgo la Ley Nº4021 de
Régimen Electoral Transitorio el 14 de abril del mismo año, definiendo un nuevo
y último conjunto de mandatos y responsabilidades electorales antes de la
transformación definitiva como Órgano Electoral Plurinacional. En esa misma ley
establece el marco normativo para la organización, desarrollo, control y
vigilancia: En el inciso b) Empadronamiento y voto de residentes bolivianos en
el extranjero. La legislación permitió que los residentes bolivianos en el
extranjero puedan ejercitar su derecho en la elección de Presidente y
Vicepresidente y en Referendos de carácter nacional”. También fijo las tareas
relevantes para el organismo electoral: a) La conformación de un nuevo padrón
electoral, mediante la inscripción y registro de todos los ciudadanos bolivianos
habilitados para sufragar…”.
Es
ahí que los esfuerzos para el cumplimiento de dicha disposición fueron la
formulación de un sistema de registro biométrico compuesto por fotografía
digital, firma digital, huellas dactilares, además de los datos referidos a la
identidad de la persona, con la cual la inscripción de cualquier ciudadano solo
necesitaba presentar su Cédula de identidad, Registro Único Nacional o Libreta
de servicio Militar, para el extranjero se añadía el pasaporte.
El Decreto Supremo Nª 198 de 8 de julio de 2009
hacía realidad la importación de equipos informáticos bajo la modalidad de
unidad funcional, la cual exonero en el pago de tributos aduaneros, también se
autorizó a la Aduana Nacional aceptar el despacho inmediato, previo al
cumplimiento de las obligaciones tributarias, del equipamiento informático
adquirido por la Corte Nacional electoral de la empresa proveedora NEC
Argentina S.A.
Los
procesos de empadronamiento de más de cinco
millones de ciudadanas y ciudadanos en el país y de residentes
bolivianos en la Argentina (Buenos Aires, Mendoza y Jujuy), Brasil (Sao paulo),
Estados Unidos (Nueva York y Washington) y España (Madrid, Barcelona y
Valencia) realizados entre el 1º de agosto y 15 de octubre de 2009; la
conformación final del Padrón Electoral Biométrico hasta el 6 de noviembre de
2009.
Para
el registro y empadronamiento y para las elecciones de diciembre de 2009 de
residentes bolivianos en el exterior, se adoptó en el mes de julio de 2009 una
organización sencilla y eficiente, al mando de una vocalía de la Corte Nacional
electoral y el apoyo de un gerente y 4 coordinadores de país, con sede en la
corte nacional, 9 representantes y 9 responsables de educación ciudadana e
información. El personal de apoyo al empadronamiento, 18 inspectores y 150
notarios-operadores y el personal de apoyo a las elecciones, 99 notarios, 43
inspectores, fue seleccionado y contratado directamente por las
representaciones de la Corte Nacional electoral en cada una de las ciudades;
todos ellos residentes bolivianos en el exterior.
La
utilización de la infraestructura del Servicio Exterior por parte del organismo
electoral, establecida en la Ley, se cumplió parcialmente. Algunas misiones
diplomáticas, como la de Washington, acogieron temporalmente las oficinas de la
Representación de la Corte Nacional electoral; otras, como la Embajada de
Bolivia en Argentina, no permitieron ese uso.
El
ministerio de Relaciones Exteriores apoyo con la recepción y la desaduanización
de los equipos de registro biométrico a través de personeros autorizados de sus
embajadas o consulados en las ciudades de buenos Aires (Argentina), Sao Paulo
(Brasil), Madrid (España), y Miami (Estados Unidos).
Algunas
oficinas del Servicio Exterior boliviano colaboraron con la recepción y, en su
caso, con la desaduanización del material electoral para la votación del 6 de
diciembre. Finalmente, como establece la ley, las embajadas y consulados
certificaron como valija diplomática los paquetes que contenían las actas de
escrutinio y cómputo para su envió a la sede de la Corte Nacional electoral en
La Paz, después de la votación del 6 de diciembre.
El
registró en el exterior
El
cálculo del número de registros a efectuar en Argentina, Brasil, Estados unidos
y España, tomó en cuenta el artículo 47 de la ley Nº 4021 que establece: “El
Padrón Nacional Electoral es único contiene el registro de las ciudadanas y
ciudadanos en una sola base de datos informatizada, que integrará y
discriminará adecuadamente la información correspondiente a las y los residentes
del país y de afuera de él.
Como
consecuencia de los requerimientos técnicos del registro biométrico, a efectos
de la primera experiencia de voto en el extranjero, la Corte Nacional electoral
empadronará hasta un máximo del seis por ciento del Padrón Electoral Nacional.
En ningún caso un solo país podrá concentrar más del 50% del registro”.
Se
tomó en cuenta el total de las personas que integraban el Padrón Electoral del
último proceso electoral realizado antes del proceso de empadronamiento, es decir
del referendo Aprobatorio de la Constitución Política del Estado elaborado el
25 de enero de 2009, un total de 211.093 personas – registro que representa el
seis por ciento y 105.546 el 50% de esta cantidad (50% menos una persona).
Ciudad/País
|
Número
máximo de residentes bolivianos que deben empadronarse
|
Buenos Aires
|
94.238
|
Jujuy
|
5.654
|
Mendoza
|
5.654
|
Total
Argentina
|
105.546
|
Sao Paulo
|
23.028
|
Total
Brasil
|
23.028
|
Virginia - Maryland
|
36.461
|
New York
|
7.676
|
Total
Estados Unidos
|
44.137
|
Madrid
|
15.352
|
Barcelona
|
15.352
|
Valencia
|
7.676
|
Total
España
|
38.380
|
Total
General
|
211.093
|
La
organización de los recintos electorales en las nueve ciudades del exterior en
las que realizaron las elecciones generales para votar por Presidente y
vicepresidentes del Estado Plurinacional de Bolivia, fue un extraordinario
desafío para el organismo electoral, que fue resaltado por la prensa
internacional y los organismos electorales de los países en los que se realizó
la votación.
Fue un hecho histórico para el Estado Plurinacional de Bolivia y para todo su historia en general